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Alberto Rivera Fernández
21 de abril de 2004

Caso: Alberto Rivera Fernández



Procesos judiciales por el asesinato de Alberto Rivera Fernández Juicio oral y Audiencia pública:

8 de agosto de 2006
Consejo de la Prensa Peruana

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Primer proceso
Roy Culqui, Martín Flores, Ángel Mendoza y Erwin Pérez manifestaron a la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali —luego de conocer sus penas el 7 de febrero de 2006— su intención de presentar un recurso de nulidad, que se elevó en marzo a la 1era Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema, presidida por el doctor Robinson Octavio Gonzales Campos. Tercero Gonzales fue el único que aceptó la sentencia impuesta.

La sentencia, al dictaminar las máximas penas estipuladas por ley en la mayoría de los casos, tuvo un carácter ejemplar. Asimismo, al demostrarse en este proceso que los inculpados carecían de móviles —aparte del económico— para acabar con la vida del periodista Rivera, se refuerza la tesis de que el verdadero responsable del asesinato estaría comprendido en el segundo proceso. El fallo del 7 de febrero dejó en claro que Martín Flores y Roy Culqui eran empleados del municipio, y que tomaron parte en el hecho como tales; igualmente, se confirmó que ambos acusados carecían del poder económico suficiente para financiar el delito, por lo que esta sentencia adquiere un carácter vinculante, en relación con el proceso en que el alcalde de Coronel Portillo, Luis Valdez Villacorta, figura como acusado.

Segundo proceso
El 6 de octubre de 2005 se inició el juicio, en la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, por el Delito contra la vida, el cuerpo y la salud – Homicidio calificado, con la apertura de instrucción contra Lito Fasabi Pizango, por la co-autoría material del hecho, y contra Alex Panduro Ventura, por la autoría intermediaria, al intervenir en la captación de los sicarios.

Posteriormente, el 28 de noviembre de 2005, la instrucción se amplió contra el alcalde provincial de Coronel Portillo, Luis Valdez Villacorta, y contra el entonces Presidente de la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, Solio Ramírez Garay, como autores intelectuales del delito. Esto sucedió luego de que el 11 de noviembre se revocara un fallo de la Primera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali que eximía a ambos de responsabilidad en el hecho —gracias a la ampliación en la instructiva de Fasabi Pizango.

En la primera manifestación policial de Fasabi, a las pocas horas de ser detenido, acusó a Alex Panduro Ventura, por su participación como intermediario, y a Solio Ramírez Garay y Luis Valdez Villacorta, como las personas que financiaban la comisión del hecho.

Entre el 6 de octubre de 2005 y el 22 de abril de 2006, se actuaron los careos entre los acusados y las reconstrucciones del asesinato y reunión de planeamiento del mismo.

El proceso continuará en agosto de 2006, con la acusación fiscal de Wilfredo Anticona Honores, Fiscal Superior de la Segunda Fiscalía Provincial de Ucayali. La acusación del Fiscal imputará cargos criminales sobre los acusados; asimismo, determinará en qué juzgado se llevará a cabo el proceso judicial y dará paso a la etapa oral del proceso, en que se iniciarán las audiencias orales.

En este segundo proceso, se encuentran acusados:
1. Lito Fasabi Pizango, alias “Chino Lito”: sicario, confeso coautor material del asesinato. Fue quien disparó y acabó con la vida de Rivera Fernández.
2. Solio Ramírez Garay: ex Vocal y ex Presidente de la Sala Civil de la Corte Superior de Ucayali, cargo del que fue cesado en junio de 2006 a causa de una investigación abierta contra él por la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Ramírez renunció a su cargo como Magistrado para ser Gerente Municipal durante la actual gestión del alcalde Luis Valdez Villacorta. Figura en este proceso como acusado por la autoría intelectual del crimen, raíz de las declaraciones de Lito Fasabi Pizango.
3. Luis Valdez Villacorta: Alcalde de la provincia de Coronel Portillo, acusado por la autoría intelectual del asesinato, a raíz de las declaraciones de Tercero Gonzales Pinedo y de Lito Fasabi Pizango.
4. Alex Ventura Panduro, alias “Trolón”: ex efectivo de la seguridad personal del alcalde Luis Valdez Villacorta, acusado por autoría intermediaria en el asesinato, al haber captado y proporcionado armas a los sicarios; asimismo, habría aceptado participar en el asesinato.

Estado actual del proceso
El 3 de abril de 2006, la Sala Penal Permanente de la Corte Superior de Ucayali revocó el mandato de comparecencia restringida que recaía sobre los procesados Luis Valdez Villacorta y Solio Ramírez Garay. Se dictó mandato de detención efectiva sobre ellos, ordenando su inmediata ubicación y captura. Efectivos de la Policía Judicial iniciaron las acciones de ubicación y captura de los dos procesados, quienes fueron dados por no habidos.

El 6 de abril, la Jueza Titular del 4to. Juzgado Penal de Turno, Eliana Tuesta Oyarse, aprobó el recurso de Hábeas Corpus presentado por la defensa de Luis Valdez Villacorta y Solio Ramírez Garay. Los abogados de ambos ofrecieron una conferencia para la prensa local pucallpina para explicar que la orden de captura no tenía base jurídica. Asimismo, explicaron la ausencia de ambos funcionarios públicos en sus centros laborales, argumentando que se habían puesto a buen recaudo ante la orden dictada por la Primera Sala Penal.

El 4 de mayo, la Sala Penal Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Ucayali confirmó la sentencia de Hábeas Corpus solicitada el 6 de abril por la defensa del alcalde de Coronel Portillo, Luis Valdez Villacorta y del magistrado Solio Ramírez, mediante expediente 2006-00336-0-2402-JR-PE-04, declarando nulo el auto expedido por la Sala Penal Permanente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali el 3 abril, en que se ordenaba la ubicación y captura del burgomaestre.

El 9 de junio, de acuerdo al Oficio N° 125-2006-OCMA-GD-SVC-JM, enviado el 9 de junio por la Oficina de Control de Magistratura del Poder Judicial al Consejo de la Prensa Peruana, el Vocal Supremo de esta jefatura de control, Francisco Távara Córdova, resolvió el 30 de mayo, mediante Resolución s/n, iniciar un proceso disciplinario contra el Presidente de la Sala Civil de la Corte Superior de Ucayali, Solio Ramírez Garay.

La resolución considera que la conducta de Ramírez Garay durante el desarrollo del proceso ha sido obstructiva, al negarse a concurrir a declarar tanto ante la Policía, en la investigación preliminar, como ante el Ministerio Público. Asimismo, mediante la resolución se impone al Magistrado investigado la medida cautelar de abstención en el cargo mientras se resuelva dicha investigación.

El 22 de junio, la defensa del alcalde Luis Valdez presentó una recusación contra los magistrados de la Sala Penal Permanente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, por “conducta subjetiva” de cara al proceso. Por ello, el proceso fue derivado a la Primera Sala Penal Transitoria. Dicha recusación también será resuelta, finalmente, por el informe del Fiscal Superior.

El 7 de julio, Giner Herrera Robles, Fiscal Decano del Distrito Judicial de Ucayali, determinó que la Segunda Fiscalía Superior de Ucayali, a través de su Presidente, el Fiscal Superior Wilfredo Anticona Honores, sería el organismo responsable del expediente y de elevar la acusación fiscal para que se dé el inicio de la etapa oral del proceso. Anticona Honores es el mismo fiscal que realizara la acusación de los sentenciados el 7 de febrero de 2006 en el primer proceso por el asesinato de Alberto Rivera. Wilfredo Anticona también determinará, mediante su informe, si es la Sala Penal Permanente o la Transitoria la encargada de llevar a cabo el proceso durante su próxima etapa oral, resolviendo la recusación contra los magistrados de la Sala Penal Permanente.

El dictamen del fiscal se remitirá el próximo jueves 10 de agosto a la Corte Superior de Justicia de Ucayali. En conversación con el abogado de la familia Rivera, Rubén Cerna, se presume que el dictamen contendrá una acusación fiscal para todos los implicados, ya que Fasabi los ha señalado como autores intelectuales del crimen en 7 de 8 de las declaraciones judiciales que ha rendido hasta el momento. De hallarse una acusación fiscal en el informe del doctor Anticona Honores, la Corte Superior de Justicia de Ucayali redactaría inmediatamente un auto de enjuiciamiento, señalando fecha para el inicio del juicio oral, posiblemente a fines de agosto según el abogado Rubén Cerna, dada la carga procesal de dicha Corte.

*Información del Consejo de la Prensa Peruana
www.consejoprensaperuana.org.pe

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