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Bolivia
December 22, 2008
Invitación a la impunidad
Por Jorge Elías

En un nuevo de intento de evitar que la impunidad sea el único correlato posible del homicidio de Juan Carlos Encinas, ocurrido el 29 de julio de 2001 mientras cubría un enfrentamiento entre cooperativistas rivales, el abogado Daniel Barrientos Ibáñez instó al juez Carlos Emilio Andrade Rengel, en representación de la viuda, Betza Falcón, a librar “mandamientos de condena” contra los principales imputados, Eugenio Limachi Mamani, Víctor Mamani Limachi, Juan Francisco Limachi Quispe y otros, “por el delito de homicidio en riña o a consecuencia de agresión”.

Esto sucedió el 12 de mayo de 2008, casi siete años después del crimen. Seis meses antes, el 29 de noviembre de 2007, el juez Andrade Rengel había dictado órdenes de captura contra Eugenio Limachi Mamani y sus cómplices, Víctor Mamani Limachi y Juan Francisco Limachi Quispe. En los tres casos, la respuesta, posterior a la presentación del abogado Barrientos Ibáñez, fue negativa: los buscaron en La Paz y El Alto, pero “vecinos de la zona” informaron que estaban “en el interior de la república”.

Encinas tenía 39 años. Era periodista free lance. En el choque entre los afiliados de las cooperativas Marmolera Comunitaria Limitada y Multiactiva Catavi Limitada, dedicadas a la explotación de piedra caliza, en el cantón Catavi, provincia Los Andes, departamento de La Paz, resultó herido de bala en la región epigástrica, debajo del abdomen, según las pericias forenses. Quisieron trasladarlo en un volquete. Lo impidieron sus agresores. La ambulancia arribó al lugar tres horas después. Murió por hemorragia interna.

En un primer momento hubo siete detenidos, pero todos quedaron en libertad. Los testigos señalaron a Eugenio Limachi Mamami como el autor de los disparos; uno de ellos dio en el brazo de Juan Mario Ticona Limachi, vecino del lugar. Encinas era fácilmente identificable: iba con una cámara filmadora o fotográfica y un grabador portátil. Estaba con su mujer, socia de la Cooperativa Multiactiva. El conflicto llevaba tres años: mediaba el Instituto Nacional de Cooperativas, dependiente del Ministerio de Trabajo de Bolivia.

En noviembre de 2002, más de un año y medio después del crimen, el Tribunal de Sentencia de la Provincia Omasuyos, perteneciente al distrito judicial de La Paz, señaló que las pericias químicas y balísticas daban “positivo en el palmar y dorsal de la mano derecha” de Eugenio Limachi Mamani, no así en las practicadas a los otros seis imputados. Lo acusó entonces de ser “el autor del delito”. Pidió penas de seis años para él y de tres años y dos meses para los cómplices. Pero ya había un problema: “No se fijan las fechas en que las condenas finalizan por encontrarse en libertad los imputados”.

Insólito. En libertad, o prófugos, continuaron desde entonces. La sentencia, de ese modo, terminó siendo una señal de alerta para que huyeran. Todos ellos habían pagado fianzas para no quedar entre rejas durante el proceso.

Entre los testigos, uno declaró que, aquel día aciago, habían sido convocados para trasladarse a Catavi a las cinco de la mañana con el pretexto de darles trabajo en la explotación de la piedra caliza. A las seis y media comenzó el enfrentamiento. Estaba a ocho metros de Encinas. “Pudo identificar que el autor de los disparos era Eugenio Limachi”, dice. Otro testigo, coincidente en su versión, afirmó en aymara: “Aquel moco con chamarra disparó contra Juan Carlos Encinas”.

En un primer momento, la viuda de Encinas recibió amenazas. Se sintió intimidada. Advirtió, entre otras irregularidades que habían cambiado el juez y el fiscal mientras los detenidos recuperaban la libertad gracias al pago de fianzas.

Nadie se explica cómo ni por qué han sido liberados Limachi Mamani y sus cómplices en esas circunstancias, como si el homicidio fuera un delito excarcelable y sus condenas fueran, en realidad, una invitación a convertirse en prófugos. Una invitación a la impunidad en un país cuyos periodistas, frecuentemente hostigados por los poderes públicos y políticos, confiesan que no tienen garantías para el normal ejercicio de su trabajo. Menos garantías tendrán de no impartirse justicia en este caso, signado por las desprolijidades.



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