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Guillermo Cano Isaza
17 de diciembre de 1986

Caso: Guillermo Cano Isaza



Un Interminable Proceso Judicial:

1 de noviembre de 1999
Ricardo Trotti

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Desde que Luis Carlos Molina Yepes fuera arrestado a principios de 1997 en un restaurante de Bogotá, el caso judicial sobre el asesinato de Guillermo Cano Isaza se encuentra estancado.

Paradógicamente, este hecho positivo fue una prueba clara de que desde que se produjo el asesinato de Cano el 17 de diciembre de 1986, no hubo voluntad política de capturar al supuesto financista del crimen hasta 10 años después. Molina, acusado de pagarle a los sicarios cumpliendo órdenes del jefe del Cartel de Medellín, Pablo Escobar, fue capturado el 18 de febrero de 1997, días después de que la SIP se lo pidiera al presidente Ernesto Samper. Molina ha presentado un recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia (el último que permite la legislación penal colombiana) asegurando que no está demostrada ninguna relación directa de él con el crimen de Cano.

Un mes más tarde, cuando se presumía que el arresto detendría las críticas sobre impunidad que pesaban contra el gobierno colombiano, la SIP presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). En la misma, constatando que el proceso judicial del caso Cano estuvo viciado de irregularidades y que ha configurado una denegación de justicia, la SIP responsabilizó al Estado de Colombia por violaciones a los derechos humanos.

El caso fue aceptado por la CIDH, adjudicándosele el No.11.728.

La SIP argumentó que la investigación tomó ocho años en completarse y señaló que “sería importante que la CIDH indague sobre cuáles fueron los errores que se cometieron durante la investigación...descifrar quienes eran los oficiales gubernamentales que controlaban Medellín y que no se movilizaron contra Molina Yepes,prófugo por años ”.

La insistencia de la SIP sobre este caso, se debe a que el esclarecimiento del crimen reviste especial importancia, ya que se trata de un hecho que marcó el inicio de una ola de violencia contra la libertad de prensa en Colombia, y que dejó un mensaje específico a todos los periodistas del país :“no se tolerará que nadie denuncie, señale o critique cualquier acción de los narcotraficantes”.

En el caso de Cano, el golpe fue terrible ya que El Espectador era el único medio que reflejaba una crítica constante contra el tráfico de drogas y los jefes de los carteles. El asesinato de Cano, con el tiempo, hizo bajar los decibeles sobre las críticas.

Planteamiento sobre inadmisibilidad

El gobierno colombiano habría planteado la inadmisibilidad del caso, argumentado que todavía no se ha concluido con el proceso judicial interno, posición que fácilmente podría ser deshechada por la CIDH, como lo hizo con el crimen de Héctor Félix Miranda porque ya tenía casi diez años y no se habían esclarecido todos sus elementos. El asesinato de Cano ya lleva más de 12 años, lo que aparenta ser un plazo razonable para que un crimen sea totalmente esclarecido.

La esperanza de la SIP, sobre que la CIDH recomiende mayores investigaciones, está basada en principios de la Convención Americana de los Derechos Humanos, como así también en una resolución de 1998 sobre libertad de prensa de la Organización de Estados Americanos (OEA) en la que se insta a los Estados a que “profundicen las medidas necesarias para que se investigue y se sancione, de conformidad con su legislación interna, los atentados contra el ejercicio de la libertad de expresión y crímenes contra periodistas”.

El tribunal del Circuito Penal 73 sentenció el 6 de octubre de 1995 a Castor Emilio Montoya a 30 años en prisión y Pablo Enrique Zamora, María Ofelia Saldarriaga, Carlos Martínez Hernández y Luis Carlos Molina Yepes a 16 años. Pero el 30 de julio de 1996 el Tribunal Superior de Bogotá revocó las sentencias y ordenó la liberación de todos, excepto de Molina Yepes.

Es evidente que María Ofelia Saldarriaga, que durante cinco años fue la única detenida con motivo de la investigación, permaneció en la cárcel con el aparente fin de demostrar que la justicia estaba actuando, ya que su única relación con el hecho fue la de haber sido madre de quien fue responsabilizado del asesinato por integrantes del mismo cartel de Medellín, Alvaro García Saldarriaga. En la sentencia final se comprobó que Saldarriaga no lucró con el dinero que su hijo depositó en la cuenta de ella. Además, no existe evidencia, ni siquiera circunstancial, que compruebe que su hijo participó en el atentado.

Después del crimen de Cano, a quienes se había sindicado como los sicarios, García Saldarriaga y Luis Eduardo Osorio, fueron asesinados. La jueza Consuelo Sánchez, que vinculó al delito a Pablo Escobar, tuvo que exiliarse.

El 29 de febrero de 1989, el abogado de la familia Cano, Héctor Giraldo Gálvez, que llevaba la parte civil en el expediente, fue acribillado en Bogotá. Su caso permanece impune. Desde entonces, la familia Cano desistió de tener otro abogado para evitar mayores tragedias.

Seis meses después de la muerte de Giraldo Gálvez, fue asesinado el magistrado Carlos Valencia García, el día en que confirmó el auto de detención contra Escobar. Cuando el expediente pasó al orden público, el 18 de septiembre de 1992, también fue asesinada la juez Myriam Rocío Vélez.

Violencia contra El Espectador

La violencia contra los integrantes de El Espectador no terminó ahí. En Medellín se produjo un bloqueo de la circulación del periódico y, en esa misma ciudad, fueron asesinados la gerente, el jefe de publicidad y el jefe de circulación. Todos estos crímenes siguen impunes.

Una de las mayores represalias fue la bomba que semidestruyó el periódico y las consistentes amenazas contra los anunciadores. Por otro lado, los grupos paramilitares, también por la política editorial inquebrantable del periódico contra la violencia en todos sus términos, declararon a El Espectador objetivo militar, amenazaron de muerte a sus suscriptores, agentes y voceadores.

Todos estos hechos,sumados al asesinato de siete reporteros, seguramente crearon un clima no favorable en la familia Cano que habría afectado su capacidad para que el El Espectador continuara con su prédica. Con el tiempo, el diario, reconocido por su mayor audiencia y calidad periodística en el país, fue debilitándose en forma sistemática.

Por otra parte, el Estado no tuvo en cuenta las consecuencias que las actividades de Pablo Escobar habían tenido para la libertad de prensa y por ello no pidió una reparación del daño ocasionado en la materia cuando negoció con él su “sometimiento a la justicia” durante la presidencia de César Gaviria.

Anteriores y posteriores connivencias entre autoridades ejecutivas y judiciales con los jefes de los carteles, quienes “acabaron” con El Espectador de los Cano están ampliamente documentadas por los informes de la Estrategia Antidrogas del Departamento de Estado (“certificación ”), las agencias de seguridad estadounidenses y la prensa en general.

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